Contrato de préstamo rápido

 

CONTRATO DE ADHESIÓN                                                                        

CONTRATO DE ADHESIÓN DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE CON INTERÉS (EL “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE AVAILABLE FINANCES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (“AVAFIN”) REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA PERSONA QUE SE SEÑALA EN LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “AVAFIN”, Y POR LA OTRA PARTE ____________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO EL “CLIENTE”, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

 I.- Que, con anterioridad a la celebración del presente CONTRATO, el CLIENTE presentó a AVAFIN a través de medios electrónicos, según lo señalado en la Cláusula TRIGÉSIMA del mismo, una SOLICITUD de crédito personal simple con interés, de la cual se adjunta un extracto como Anexo “A” (la “SOLICITUD”), para la obtención del Crédito en los términos del presente CONTRATO. Dicha SOLICITUD podrá ser o no aprobada por AVAFIN.

II.- Asimismo, se indica que el CLIENTE tuvo a la vista los términos y condiciones del CONTRATO y sus respectivos anexos en el proceso de SOLICITUD, por lo que una vez finalizado el proceso de registro en la SOLICITUD, el CLIENTE acepta y reconoce los términos y condiciones del CONTRATO, por lo que del mismo modo, el CLIENTE acepta de forma expresa y reconoce que toda transacción entre las PARTES estará sujeta a dichos términos y condiciones, así como las modificaciones a las mismas que en su caso emita AVAFIN y el clausulado del presente CONTRATO.

III.- Las Partes manifestaron, que el presente CONTRATO no podrá ser modificado en su términos y condiciones, de conformidad con el articulo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (“LFPC”).

DECLARACIONES

I.- Declara AVAFIN por conducto de su representante legal, que:

a) Es una Sociedad Anónima de Capital Variable, constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según lo acredita con la Escritura Pública número 31,577 de fecha dieciséis de junio del dos mil dieciséis otorgada ante la fe del Licenciado Juan José A. Barragán Abascal, Notario Público Número ciento setenta y uno del Distrito Federal, inscrita en el Registro Público de Comercio bajo el folio mercantil 558584-1, de fecha veintidós de junio del dos mil dieciséis.

b) Mediante Escritura Pública número 5,469 de fecha 03 de noviembre de 2023, otorgada ante la fe del Maestro en Derecho Mario Alfredo Jaramillo Manzur, Notario Público número ciento noventa del Estado de México, se modificó el artículo Primero de sus estatutos, cambiando su denominación a Available Finances, S.A. de C.V., inscrita en el Registro Público de Comercio bajo el folio mercantil electrónico 558584, de fecha veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés.

c) Se encuentra debidamente inscrita ante el registro federal de contribuyentes (RFC) con el número de registro LFI160616913.

d) Que el ____ en su carácter de representante legal, en este acto interviene con las facultades que se le confieren en el testimonio de la escritura pública número , de fecha ___, otorga ante la fe del (la) Lic. ____, notario público número  del _ , misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de Comercio, bajo el número __, y que dichas facultades no le han sido revocadas, modificadas o limitadas a la fecha de firma de este CONTRATO.

e) Su domicilio, para los efectos relacionados con el CONTRATO, es Dante 36, piso 5, Colonia Anzures, C.P. 11590, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

f) Garantiza al CLIENTE la observancia y cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento, respecto a los datos personales por él proporcionados, asegurando a su vez la rigurosa confidencialidad y privacidad de los mismos. AVAFIN utilizará la información del CLIENTE de conformidad con lo establecido en su Aviso de Privacidad para Prospectos y Clientes. AVAFIN utilizará los datos personales recabados con la finalidad de corroborar la información proporcionada por el CLIENTE, así como su identidad; determinar su capacidad jurídica y financiera para contratar productos y servicios, verificar su historial crediticio, cumplir las obligaciones derivadas del producto o servicio amparado en el presente CONTRATO, así como para gestionar la recuperación de carteras vencidas y para rendir informes a las autoridades que con sustento legal así lo solicitaren.

g) Los datos de contacto para cualquier situación relacionada con el presente CONTRATO por los clientes será el teléfono () – o al correo _.

h) Informa al CLIENTE que el marco legal y regulatorio relacionado con las operaciones y objeto del presente contrato, podrán ser consultados en todo momento en la página web:

II.- Declara “EL CLIENTE” bajo protesta de decir verdad, que:

  1. Es persona física, mayor de edad de nacionalidad mexicana, en pleno ejercicio y goce de sus derechos y que cuenta con capacidad jurídica y económica suficiente para la celebración del presente CONTRATO a nombre propio, declarando a su vez encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones fiscales a su cargo. Manifiesta que es su voluntad obligarse en los términos y condiciones que aquí se establecen de conformidad con los datos proporcionados en la SOLICITUD del presente CONTRATO.
  2. Su domicilio, teléfono, correo electrónico, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y su Clave Única de Registro de Población (CURP) son las que se mencionan en la SOLICITUD del presente CONTRATO.
  3. Es el adquiriente y titular de todos los beneficios, derechos y obligaciones derivados del presente CONTRATO celebrado con AVAFIN, siendo quien, en última instancia, es el único que ejerce los derechos de uso, disfrute, aprovechamiento o disposición de los recursos procedentes del crédito otorgado conforme al presente CONTRATO.
  4. El CLIENTE manifiesta que de conformidad con el artículo 18 fracción III de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, AVAFIN le solicitó información que le permita determinar la existencia del Dueño Beneficiario para su debida identificación, según sea el caso. Asimismo, en este mismo acto, el CLIENTE, a efecto de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 22 de las Reglas de Carácter General a que se refiere la mencionada Ley, declara bajo protesta de decir verdad, que actúa por cuenta propia, señalando que no existe ningún Dueño Beneficiario y reconociendo que el único beneficiario final del préstamo solicitado es el propio CLIENTE.
  5. Reconoce que con anterioridad a la celebración del presente CONTRATO, AVAFIN hizo de su conocimiento, a su entera comprensión, el contenido del presente instrumento y Anexos, así como también los cargos a generarse en relación al mismo, incluyendo mas no limitándose al (CAT) “Costo Anual Total de financiamiento expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a los créditos” (sin incluir el impuesto al valor agregado (IVA), correspondiente al presente crédito).
  6. Reconoce que toda la información que proporcionó a AVAFIN a la fecha de suscripción del presente CONTRATO es actual, verdadera y carece de error, vicios del consentimiento o mala fe.
  7. Que AVAFIN ha puesto a su disposición previamente su Aviso de Privacidad para Prospectos y Clientes, por lo que, conociendo su contenido, el CLIENTE, acepta y reconoce que otorgó su consentimiento para que sus Datos Personales, incluyendo los sensibles, sean tratados y, en su caso, transferidos conforme lo que se establece en dicho aviso.
  8. Recibió a su entera satisfacción, comprendiendo el alcance de la misma, la siguiente información por parte de AVAFIN:

I.- La descripción especifica y detallada con las características del crédito personal simple solicitado, motivo del presente CONTRATO, los términos y condiciones del mismo, así como los derechos y obligaciones de las partes; II.- La cantidad total a pagar, así como la forma y condiciones para su liquidación; III.- La descripción detallada del monto, intereses e impuestos vinculados al crédito amparado por el presente CONTRATO; IV.- La cantidad total a pagar, su fecha exacta de vencimiento, el número y monto de pagos individuales e intereses; V.- El derecho y las condiciones para la liquidación anticipada del crédito y sus intereses; VI.- Los intereses ordinarios causados, forma de calcularlos y el tipo de tasa aplicable; VII.- Los intereses moratorios en los que podría incurrir el CLIENTE, la forma de calcularlos y el tipo de tasa aplicable; VIII.- Todos los derechos y obligaciones que se adquieren a la firma del presente CONTRATO.

  1. El CLIENTE reconoce que todas las obligaciones adquiridas en virtud del presente CONTRATO son obligaciones de carácter individual, por lo que, acepta que el único obligado sobre las mismas es el propio CLIENTE. 
  2. Es su voluntad obtener el crédito que le será otorgado por AVAFIN, siempre y cuando la solicitud de crédito sea aceptada por AVAFIN de conformidad con lo estipulado en la condición suspensiva establecida en la Cláusula Cuarta del presente CONTRATO.
  3. Que está de acuerdo en manifestar su consentimiento por medios electrónicos cumpliendo con la normativa aplicable, respecto de las operaciones relativas al otorgamiento de créditos de manera remota y la celebración del presente CONTRATO, de conformidad con lo señalado en la Cláusula TRIGÉSIMA del mismo.
  4. Es de su conocimiento que el horario de atención a clientes para cualquier solicitud, duda, aclaración, inconformidad o quejas relacionadas con el presente CONTRATO será de lunes a viernes de las 10:00 a las 15:00 horas, en el teléfono (__) ___- ___ o al correo electrónico _______________ y al domicilio Dante 36, piso 5, Colonia Anzures, C.P. 11590, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México. Página de Internet: _______________. AVAFÍN dará respuesta a las solicitudes, quejas, dudas, y/o reclamaciones de los CLIENTES, en un plazo máximo de hasta 10 (diez) días naturales siguientes a la presentación de estas, así como de conformidad con lo que señala la Cláusula VIGÉSIMA CUARTA del presente CONTRATO, en apego a lo estipulado en el artículo 23 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de Servicios Financieros, según corresponda.
  5. Es de su conocimiento que el marco legal y regulatorio relacionado a las operaciones y objeto del presente CONTRATO podrá ser consultado en la página web: ____________.

 III.- Declaran ambas PARTES, que:

  1. Manifiestan que la celebración del presente CONTRATO no viola a ningún acuerdo, convenio u obligación preexistente contraída entre el CLIENTE frente a terceras personas; que lo imposibilite a cumplir con sus obligaciones contractuales tanto con AVAFIN como con el tercero.
  2. Reconocen que la información contenida en el presente contrato podrá ser compartida cuando sea solicitada por autoridad competente.
  3. Es su voluntad celebrar el presente CONTRATO para la obtención del crédito personal simple con intereses, en los términos y condiciones pactados en el presente instrumento, suscribiendo las siguientes:

C L Á U S U L A S

CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES. – Para efectos de este CONTRATO se entenderá por:

  • CARÁTULA: Documento anexo al presente CONTRATO como Anexo “B”, que forma parte integral del mismo, en el que se establecen las condiciones y características particulares del crédito personal simple con intereses otorgado al CLIENTE. El contenido de la CARÁTULA es obligatorio para ambas PARTES.
  • COSTO ANUAL TOTAL (”CAT”): El costo anual total de financiamiento para fines informativos y de comparación, que incorpora la totalidad de los costos y gastos (intereses) del crédito. El referido CAT se calculará utilizando la metodología establecida por el Banco de México, vigente en la fecha del cálculo respectivo.
  • CÓDIGO DE CRÉDITO: El código de identificación del crédito otorgado al CLIENTE, el cual deberá forzosamente ser señalado por el CLIENTE al momento de realizar cualquier pago relacionado con el crédito otorgado, junto con la del CLIENTE.
  • CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: El código de verificación que AVAFIN envía vía mensaje de texto al teléfono celular previamente registrado por el CLIENTE, el cual se compone de 8 dígitos.
  • FECHA LÍMITE DE PAGO: La fecha establecida en la Cláusula Sexta de este CONTRATO y en la cual el CLIENTE se obliga a pagar el MONTO TOTAL A PAGAR. La FECHA LÍMITE DE PAGO puede sufrir modificaciones en caso de que se disponga del crédito en una fecha distinta a la fecha de aprobación de la SOLICITUD del CLIENTE. En ese caso, El CLIENTE reconoce que prevalecerá la información establecida en su cuenta personal del PORTAL WEB DE AVAFIN respecto a la FECHA LÍMITE DE PAGO del crédito, la cual será posterior a la establecida en el CONTRATO en beneficio del CLIENTE.
  • FIRMA ELECTRÓNICA: Los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, que son utilizados para identificar al CLIENTE en relación con el Mensaje de Datos e indicar que el CLIENTE aprueba la información contenida en el Mensaje de Datos, y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, siendo admisible como prueba en juicio.
  • MENSAJE DE DATOS: La información generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología. Para los efectos del presente CONTRATO las PARTES manifiestan que la FIRMA ELECTRÓNICA del CLIENTE se manifestará a través del uso del CÓDIGO DE VERIFICACIÓN que enviará AVAFIN al CLIENTE a través de mensaje de texto, de conformidad con la cláusula Trigésima del presente CONTRATO.
  • MONTO PRINCIPAL DEL CRÉDITO: Monto del crédito que fue solicitado desde el inicio por el CLIENTE, mismo que vendrá establecido en la CARÁTULA de este CONTRATO, y que no incluye los intereses o impuestos que el CLIENTE se obliga a pagar.
  • MONTO TOTAL A PAGAR: Es aquel que el CLIENTE está obligado a pagar al momento de concluir el CONTRATO. Éste incluirá el MONTO PRINCIPAL DEL CRÉDITO, así como los intereses e impuestos y cualquier otro monto a pagar en la FECHA LÍMITE DE PAGO, con motivo de la celebración del presente CONTRATO. El CLIENTE reconoce y acepta que en caso de que no realice el pago en la FECHA LÍMITE DE PAGO, el MONTO TOTAL A PAGAR se irá actualizando con los intereses ordinarios o moratorios que correspondan conforme a lo establecido en la Cláusula Décima como consecuencia de su incumplimiento.
  • PORTAL WEB DE AVAFIN: La página de internet ___________.  
  • SOLICITUD DE EXTENSIÓN: La solicitud que deberá emitir el CLIENTE a través de su cuenta personal en el PORTAL WEB DE AVAFIN, en caso de que requiera de un plazo adicional para el pago del MONTO TOTAL A PAGAR. El CLIENTE reconoce y acepta que la extensión del plazo para el pago está sujeta únicamente al pago de los intereses ordinarios que AVAFIN le indique al momento de la SOLICITUD DE EXTENSIÓN, conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Tercera de este CONTRATO y en su cuenta personal del PORTAL WEB DE AVAFIN.
  • TABLA DE AMORTIZACIÓN: El documento que establece la información referente a la fecha de vencimiento, monto principal del crédito, intereses, impuestos y monto total a pagar, que forma parte integral del presente CONTRATO, y a la que el CLIENTE tiene acceso a través de su cuenta personal en el PORTAL WEB DE AVAFIN, misma que se adjunta al presente como Anexo “C”.
  • TASA DE INTERÉS MORATORIA: La tasa de interés moratoria anual fija establecida en la CLÁUSULA DÉCIMA de este CONTRATO, la cual se calculará sobre la base de 1 (un) año de 360 (trescientos sesenta) días y el número de días que efectivamente transcurran entre el vencimiento de la FECHA LÍMITE DE PAGO y la fecha en la que efectivamente se realice el pago de cualquier saldo insoluto.
  • TASA DE INTERÉS ORDINARIA: La tasa de interés ordinaria anual fija establecida en la CLÁUSULA NOVENA de este CONTRATO, la cual se calculará sobre la base de 1 (un) año de 360 (trescientos sesenta) días por el número de días que efectivamente transcurran entre la contratación del crédito y la FECHA LÍMITE DE PAGO.

CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETO DEL CONTRATO. – A través del presente CONTRATO, AVAFIN otorga un crédito personal simple en moneda nacional en favor del CLIENTE, por la cantidad que se menciona en la CARÁTULA del presente CONTRATO, obligándose este último a restituir a AVAFIN la totalidad del crédito solicitado y aprobado, más los impuestos e intereses que se estipulen o generen hasta la liquidación total del crédito. El CLIENTE pagará a AVAFIN por el crédito otorgado a la fecha de vencimiento establecida en la CARÁTULA del presente CONTRATO, de conformidad con las cantidades descritas en la TABLA DE AMORTIZACIÓN que forma parte integrante del presente CONTRATO.

CLÁUSULA TERCERA. DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO. – El CLIENTE dispondrá del crédito en una sola exhibición mediante transferencia electrónica a la cuenta CLABE del CLIENTE proporcionada al momento de presentar la SOLICITUD. El CLIENTE manifiesta ser el propietario de dicha cuenta CLABE y declara bajo protesta de decir verdad, ser único el titular de esta, del mismo modo, reconoce que la aceptación de la cuenta será condicionada a que dicha cuenta se encuentre activa, a manera de permitir a AVAFIN realizar el depósito de la cantidad concedida. En caso de que la cuenta no se encuentre activa, el CLIENTE deberá de remitir a AVAFIN una nueva solicitud de crédito.

Por virtud de la firma de este CONTRATO, el CLIENTE extiende el recibo más amplio y suficiente que en derecho proceda. La fecha de emisión de la transferencia electrónica se tendrá como fecha de disposición del crédito para todos los efectos del presente CONTRATO, independientemente de que, por cuestiones ajenas a AVAFIN, el CLIENTE efectivamente disponga del monto del crédito en una fecha distinta.

CLÁUSULA CUARTA. CONDICIÓN SUSPENSIVA. – El presente CONTRATO está sujeto a la condición de que la SOLICITUD presentada por el CLIENTE en el PORTAL WEB de AVAFIN sea aprobada por AVAFIN, quien dará respuesta a través del correo electrónico proporcionado por el CLIENTE al momento de su SOLICITUD, en un plazo no mayor a 7 (siete) días hábiles, teniendo en consideración que de no hacerlo se entenderá como denegada dicha SOLICITUD. El CONTRATO surtirá plenos efectos en la fecha en que AVAFIN haya puesto a disposición del CLIENTE los recursos, fecha que de igual forma corresponderá a la fecha en que reciba un correo electrónico y un SMS de confirmación. En caso de que AVAFIN rechace la SOLICITUD del CLIENTE por algún motivo, este CONTRATO no surtirá efecto alguno.

Por lo anterior, una vez concluida la SOLICITUD por parte del CLIENTE, AVAFIN realiza la evaluación correspondiente y en caso de que no hacer falta información y/o documentación adicional, el CLIENTE recibirá por correo electrónico, al coreo que registró en su SOLICITUD, la respuesta de AVAFIN para estos efectos. Asimismo, el CLIENTE podrá ingresar a su cuenta personal dentro del PORTAL WEB de AVAFIN, a efecto de que, dentro del plazo antes señalado, pueda visualizar la respuesta por parte de AVAFIN para estos efectos.

CLÁUSULA QUINTA. DESTINO DEL CRÉDITO. – EL CLIENTE se obliga a destinar la cantidad total del crédito recibido, tal y como lo manifestó en la SOLICITUD de crédito, para uso exclusivamente personal y para fines exclusivamente lícitos bajo estricto apercibimiento de las sanciones contempladas en los artículos 139, ó 400 Bis del Código Penal Federal, relativos a la Prevención de Lavado de Dinero y el Financiamiento al Terrorismo.

CLÁUSULA SEXTA. VIGENCIA. – Las Partes reconocen que el presente CONTRATO podrá tener una vigencia de 7 (siete), 14 (catorce), 21 (veintiuno), 30 (treinta) o 62 (sesenta y dos) días naturales, según como lo haya requerido el CLIENTE en la SOLICITUD de crédito correspondiente, contados a partir de la fecha de suscripción del presente CONTRATO, dicha vigencia quedará definida tanto en la CARÁTULA como en la TABLA DE AMORTIZACIÓN. Asimismo, se indica que dicha vigencia será improrrogable, con excepción de aquellos casos a que hace referencia la Cláusula Décima Tercera. El CLIENTE se obliga a liquidar la totalidad del crédito obtenido, según lo que establece la Cláusula Segunda, el día de vencimiento, sin necesidad de previo requerimiento ni recordatorio alguno. La FECHA LÍMITE DE PAGO será la que se detalla tanto en la TABLA DE AMORTIZACIÓN como en la CARÁTULA o la establecida en su cuenta personal del PORTAL WEB DE AVAFIN, según corresponda, en beneficio del CLIENTE.

El presente CONTRATO continuará surtiendo efectos legales hasta que elCLIENTE haya liquidado las cantidades principales y accesorias adeudadas a su cargo.

El CLIENTE podrá, en un periodo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la celebración del CONTRATO, presentar una solicitud a ____________ para cancelar el CONTRATO sin responsabilidad para el mismo, siempre y cuando, el CLIENTE no haya utilizado, operado o dispuesto del monto del crédito otorgado conforme a la Cláusula Segunda.

Sin Perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, en el supuesto que el CONTRATO tenga una vigencia de 7 (siete) o de 14 (catorce) días naturales, el CLIENTE deberá presentar a AVAFIN el correspondiente estado de cuenta bancario donde conste que no realizó alguna disposición parcial o total del monto del crédito otorgado. En caso contrario, el CONTRATO se tendrá por perfeccionado y vigente, por lo cual el CLIENTE deberá cumplir con todas y cada una de sus obligaciones conforme el mismo.

CLÁUSULA SÉPTIMA. LUGAR Y FORMA DE PAGO. – El CLIENTE se obliga incondicionalmente a pagar a AVAFIN, sin necesidad de requerimiento o previo cobro el importe del MONTO TOTAL A PAGAR, a más tardar en la FECHA LÍMITE DE PAGO establecida en la CARÁTULA del presente CONTRATO, quedando en el entendido que el pago deberá realizarse en una sola exhibición. Lo anterior, a través de los diversos medios de pago establecidos en el PORTAL WEB DE AVAFIN, los cuales, de manera enunciativa más no limitativa, son: transferencia bancaria, corresponsal bancario y depósito en ventanilla bancaria.

El CLIENTE reconoce y acepta que en algunos casos, la disposición del crédito se efectuará en una fecha distinta a la fecha de aprobación de la SOLICITUD del crédito del CLIENTE. Las PARTES están de acuerdo en que, en ese caso, la FECHA LÍMITE DE PAGO aplicable será la establecida en la TABLA DE AMORTIZACIÓN que se tiene en la cuenta personal del CLIENTE en el PORTAL WEB DE AVAFIN, lo cual no implica modificación o novación del presente CONTRATO, ni una autorización para modificar la FECHA LÍMITE DE PAGO. El CLIENTE se obliga a consultar periódicamente su cuenta personal en el PORTAL WEB DE AVAFIN, por lo que reconoce que no podrá alegar desconocimiento o falta de información sobre la FECHA LÍMITE DE PAGO, toda vez que la información se encuentra a su disponibilidad las 24 (veinticuatro) horas de los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año.

El CLIENTE, al realizar cualquier pago, deberá proporcionar su Clave Única de Registro de Población (CURP), así como el CÓDIGO DE CRÉDITO que se establece en la CARÁTULA, en el entendido que dichos datos están directamente vinculados con su cuenta. El CLIENTE reconoce y acepta que la falta de cumplimiento de dicho requisito tendrá como consecuencia que el pago se tenga por no efectuado, hasta en tanto no se haga del conocimiento de AVAFIN por medio del envío del comprobante de pago correspondiente, generando así las consecuencias establecidas en este CONTRATO por el incumplimiento de las obligaciones del CLIENTE.

En caso de que dicha FECHA LÍMITE DE PAGO corresponda a un día inhábil, el pago podrá efectuarse sin cargo adicional alguno al día hábil siguiente, sin que proceda el cobro de Comisiones o intereses moratorios. Durante la vigencia de este CONTRATO, AVAFIN no modificará las tasas de interés del crédito ni los accesorios relacionados a éstas, tales como los impuestos.

En caso de que el CLIENTE  haya cumplido en su totalidad con las cantidades acordadas y obligaciones conforme a lo establecido en el presente CONTRATO, AVAFIN deberá reportar a la Sociedad de Información Crediticia con quien haya celebrado un convenio, que la cuenta ligada al CLIENTE, según sea el caso, se encuentra cerrada y sin adeudo alguno, dentro del plazo que para tales efectos señala la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia de conformidad con el Artículo 20 párrafo cuarto.

CLÁUSULA OCTAVA. PRELACIÓN DEL PAGO. – El CLIENTE reconoce que cualquier pago que efectúe en virtud del presente CONTRATO, se aplicará por AVAFIN para cubrir hasta donde sea suficiente el saldo insoluto del MONTO TOTAL A PAGAR. Si el pago fuere insuficiente para cubrir íntegramente el MONTO TOTAL A PAGAR, se aplicará el monto pagado de conformidad con el siguiente orden:

1. Intereses moratorios y el impuesto al valor agregado sobre dichos intereses;

2. Intereses ordinarios y el impuesto al valor agregado sobre dichos intereses y;

3. El remanente, si hubiere, a cubrir el saldo del MONTO PRINCIPAL DEL CRÉDITO.

En el evento de recuperación de las cantidades adeudadas por vía judicial, el CLIENTE acepta y reconoce que cubrirá los gastos y costas judiciales que se generen, mismos que serán prioritarios a los demás conceptos enumerados en la presente cláusula.

CLÁUSULA NOVENA. INTERESES ORDINARIOS. – El CLIENTE se obliga a pagar a AVAFIN, intereses ordinarios sobre el saldo insoluto del MONTO PRINCIPAL DEL CRÉDITO, conforme a una TASA DE INTERÉS ORDINARIA anual fija, la cual podrá ir desde un rango del __ % (________ por ciento), hasta el ____.___ % (_______ por ciento), más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), en caso de que corresponda. La TASA DE INTERÉS ORDINARIA será determinada por el algoritmo que determine AVAFIN, dependiendo del análisis del historial crediticio del CLIENTE, que proporcione alguna de la Sociedades de Información Crediticia, de la información que proporcione el CLIENTE durante la SOLICITUD del crédito, así como de la vigencia del CONTRATO. El cálculo de los intereses se computa de manera diaria a partir del día que indique la TABLA DE AMORTIZACIÓN, misma que podrá ser consultada por el CLIENTE en su cuenta personal en el PORTAL WEB DE AVAFIN.

Los intereses ordinarios serán calculados de la siguiente manera: MONTO PRINCIPAL DEL CRÉDITO multiplicado por el resultado de dividir la TASA DE INTERÉS ORDINARIA ANUAL FIJA establecida en la CARÁTULA entre 360, en donde dicho resultado se deberá de multiplicar por el número de días transcurridos desde la apertura del crédito y la FECHA LÍMITE DE PAGO.

El pago de los intereses no podrá ser exigido por AVAFIN por adelantado, sino únicamente por periodos vencidos. Las PARTES acuerdan que durante la vigencia del presente CONTRATO no podrá modificarse el monto de los intereses ordinarios, salvo en caso de reestructura previo consentimiento del CLIENTE.

CLÁUSULA DÉCIMA. INTERESES MORATORIOS. – En caso de incumplimiento en el pago puntual de las obligaciones a cargo del CLIENTE, éste deberá pagar por concepto de intereses moratorios sobre el saldo global a una TASA DE INTERÉS MORATORIA anual fija hasta de 733.55 % (setecientos treinta y tres punto cincuenta y cinco por ciento) más IVA aplicable.

Los intereses moratorios fijos serán calculados de la siguiente manera: MONTO PRINCIPAL DEL CRÉDITO solicitado multiplicado por el resultado de dividir la TASA DE INTERÉS MORATORIA ANUAL FIJA establecida en la CARÁTULA entre 360, en donde dicho resultado se deberá de multiplicar por el número de días transcurridos desde el primer día en que haya caído en mora hasta la fecha en que todas las cantidades adeudadas hayan sido pagadas en su totalidad.

El pago de los intereses moratorios no podrá ser exigido por AVAFIN por adelantado, sino únicamente por periodos vencidos. Durante la vigencia del presente CONTRATO no podrá modificarse el monto de los intereses moratorios, salvo en caso de reestructura previo consentimiento del CLIENTE.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. COMISIONES. – El presente CONTRATO no prevé el cobro de ningún tipo de comisión.

CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES. – En caso de realizar alguna modificación al CONTRATO,AVAFIN, dará aviso al CLIENTE con 30 (treinta) días naturales de anticipación, a través del estado de cuenta en la cuenta personal del CLIENTE en el PORTAL WEB DE AVAFIN. En caso de que el CLIENTE, no esté de acuerdo con las modificaciones realizadas, podrá solicitar la terminación del CONTRATO dentro de los 60 días naturales posteriores a dicho aviso, sin responsabilidad alguna a su cargo, debiendo cubrir los adeudos que se hayan generado y se generen hasta la fecha de terminación, sin que AVAFIN pueda cobrar penalización alguna por esta causa.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. EXTENSIÓN DE PAGO. – Las PARTES están de acuerdo en que la FECHA LÍMITE DE PAGO únicamente podrá prorrogarse si el CLIENTE efectúa una SOLICITUD DE EXTENSIÓN a través del PORTAL WEB DE AVAFIN, siempre y cuando, cumpla con los requisitos que se determinan en esta Cláusula.

La FECHA LÍMITE DE PAGO del crédito se extenderá únicamente en caso de que el CLIENTE pague el monto de los intereses devengados que correspondan a la fecha en que se haya presentado la solicitud respectiva, considerando que el monto de los intereses devengados podrá ser menor, en caso de que la extensión del pago solicitada se refiera a un plazo menor al inicialmente pactado, por lo que AVAFIN estará obligada a entregarle al CLIENTE mediante correo electrónico el monto que le corresponda pagar.

Dicha SOLICITUD DE EXTENSIÓN surtirá efectos a partir de la fecha en la que AVAFIN reciba el pago, a la cuenta que AVAFIN le haya indicado mediante correo electrónico, de los intereses devengados. AVAFIN se obliga con el CLIENTE a enviarle una TABLA DE AMORTIZACIÓN actualizada, la cual reflejará el nuevo plazo y el monto total a pagar.

En caso de que el CLIENTE no realice el pago de dichos intereses, la FECHA LÍMITE DE PAGO no sufrirá modificación alguna y, por ende, se causarán los Intereses Moratorios que correspondan por falta de pago, de conformidad con la Cláusula Décima. Dicha EXTENSIÓN no implica en ninguna circunstancia, novación o extinción de las obligaciones que el CLIENTE haya adquirido con AVAFIN por virtud del presente CONTRATO.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. PROMOCIONES. –  El CLIENTE deberá cumplir cabalmente en tiempo y forma con lo establecido en el presente CONTRATO, a efecto de ser aplicable la promoción que, al momento de la celebración del presente CONTRATO, se encuentre vigente. En caso de que el CLIENTEincumpla con lo estipulado en el presente CONTRATO, implicará la inmediata exclusión y/o la revocación de su participación en dicha promoción vigente, según sea el caso. Lo anterior de conformidad con lo señalado en el Capítulo IV de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. COMPROBANTES Y ESTADO DE CUENTA. – Toda vez que el Crédito otorgado se liquida en una sola exhibición, conforme a lo señalado en la cláusula séptima del presente CONTRATO, las PARTES manifiestan, aceptan y reconocen que AVAFIN no emitirá un estado de cuenta respecto del mismo. Por su parte, se le hace del conocimiento al CLIENTE, que podrá consultar su saldo de manera gratuita a través de su cuenta personal en el PORTAL WEB DE AVAFIN, a la que ingresará con su nombre de usuario y contraseña. Asimismo, en caso de que el CLIENTE requiera el detalle de los movimientos del crédito solicitado, este podrá solicitar los mismos en todo momento y de forma gratuita a través del correo electrónico a ___________.

CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. – El CLIENTE podrá terminar anticipadamente el CONTRATO en cualquier momento, pudiendo avisar a AVAFIN por teléfono al (_) __ – ___, de forma escrita a la dirección electrónica __________________ o directamente en su cuenta personal en el Chat dentro del PORTAL WEB DE AVAFIN. Lo anterior en un horario de atención a clientes de lunes a viernes de las 08:00 a las 20:00 horas y sábados de las 08:00 a las 16:00 horas. Una vez realizada la solicitud de terminación por parte del CLIENTE, se le comunicará la respuesta con la información del saldo del crédito, misma que se hará del conocimiento del CLIENTE a más tardar dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a que se reciba su solicitud a través de su cuenta personal en el PORTAL WEB DE AVAFIN, por teléfono o por escrito a través de correo electrónico.

AVAFIN dará por terminado el CONTRATO a más tardar al siguiente día hábil a aquel en que se reciba la solicitud de terminación, en caso de no existir adeudos y deberá entregar o mantener a disposición del CLIENTE el documento en el que conste el fin de la relación contractual, mismo que hará alusión a la inexistencia de adeudos derivados exclusivamente de dicha relación. Lo anterior, deberá de efectuarse dentro de 5 (cinco) días hábiles a partir de que se hubiera realizado el pago de los adeudos o en la siguiente fecha de corte.

En caso de existir adeudos, AVAFIN le informará al CLIENTE las cantidades adeudadas dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a que se reciba su solicitud conforme a lo señalado en el primer párrafo de la presente cláusula, mediante correo electrónico y este deberá de pagarlas en el mismo día hábil en que reciba dicho correo. Una vez liquidados dichos adeudos se darán por terminado el presente CONTRATO. EL CLIENTE reconoce y acepta que en caso de no liquidar de forma total los montos adeudos e indicados por AVAFIN, en el día en que se le informaron a través de correo electrónico, dicho monto tendrá que ser actualizado a la fecha en que el CLIENTE realice el pago total por los adeudos existentes e indicados en dicho correo, toda vez que estos generan intereses hasta su fecha de liquidación total.  

En caso de que exista saldo a favor, AVAFIN le informará dicha situación al CLIENTE en la fecha en que se dé por terminado el CONTRATO, indicando la forma en que le puede ser devuelto, siendo esto por transferencia electrónica de fondos a la cuenta CLABE determinada para la disposición del crédito, en la misma fecha en que se de por terminado el CONTRATO.

En el supuesto anterior, o en caso de que el CLIENTE no le solicite a AVAFIN la terminación            del CONTRATO y realice el pago de la totalidad del crédito otorgado, AVAFIN deberá entregar o mantener a disposición del CLIENTE el documento en el que conste el fin de la relación contractual, mismo que hará alusión a la inexistencia de adeudos derivados exclusivamente de dicha relación. Lo anterior, deberá de efectuarse dentro de 5 (cinco) días hábiles a partir de que se hubiera realizado el pago de los adeudos o en la siguiente fecha de corte.

Una vez que quede firme la liquidación del crédito, AVAFIN deberá reportar a la(s) Sociedad(es) de Información Crediticia con la que tenga relación que la cuenta está cerrada sin adeudo alguno, lo cual deberá de informarse dentro del plazo que para tales efectos señala la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

En todos los casos enlistados en la presente cláusula, AVAFIN deberá de:

  1. Abstenerse de condicionar la terminación del presente CONTRATO a cualquier otro acto no previsto en el mismo;
  2. Abstenerse de cobrar al CLIENTE alguna Comisión o penalización por la terminación del CONTRATO.
  3. Cancelar, sin responsabilidad el cobro de algún producto o servicio asociado, así como de los servicios de domiciliación en la fecha de la solicitud de terminación, con independencia de quien conserve la autorización de los cargos correspondiente.

CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. PAGOS ANTICIPADOS. – AVAFIN podrá aceptar Pagos Anticipados de los Créditos, siempre y cuando el CLIENTE que lo solicite se encuentre al corriente en los pagos exigibles de conformidad con la Carátula del CONTRATO y el importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago de la parcialidad que deba realizarse en el periodo correspondiente, sin que exista alguna pena, costo adicional o prima aplicable al respecto.

Cuando el importe de los pagos anticipados no sea suficiente para amortizar el Saldo Insoluto, AVAFIN aplicará el pago correspondiente en forma exclusiva al Saldo Insoluto de Capital, y reducirá la cantidad restante en términos del pago recibido, esto salvo cuando se pacte con el CLIENTE que se disminuya el número de pagos a realizar. En ambos supuestos AVAFIN debe calcular el importe de los intereses por devengar, con base en el nuevo Saldo Insoluto.

Una vez recibido un pago anticipado, AVAFIN remitirá vía electrónica un comprobante de pago por la operación, además, AVAFIN le remitirá al CLIENTE, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a que hubiera realizado el pago de los adeudos, su estado de cuenta vía correo electrónico, en el cual conste el fin de la relación contractual y la inexistencia de adeudos derivados del CONTRATO, así como también se encontrará disponible en la cuenta personal del CLIENTE en el PORTAL WEB DE AVAFIN.

Sin perjuicio de lo anterior, AVAFIN podrá establecer el monto mínimo de los pagos anticipados de los créditos que deban liquidarse en una sola amortización, monto que se hará del conocimiento del CLIENTE a través del PORTAL WEB AVAFIN o a través de atención al CLIENTE. Ello en el entendido de que los pagos que se realicen antes de la fecha en que sean exigibles respecto de dichos créditos, deberán considerarse pagos anticipados.

CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. SALDOS A FAVOR DEL CLIENTE– En caso de que exista saldo a favor del CLIENTE al momento de que se finalice la relación contractual, se le hará saber vía correo electrónico dicha situación, así como los requisitos con los cuales se hará la devolución. Una vez que el CLIENTE cumpla con lo anterior, a más tardar 15 (quince) días hábiles después de la recepción total y correcta de dichos requisitos se realizará la devolución vía transferencia electrónica de dicho Saldo a Favor.

CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. OBLIGACIONES DEL CLIENTE. – El CLIENTE deberá cumplir con la totalidad de las obligaciones suscritas a su cargo por virtud del presente CONTRATO, mismas que seguirán vigentes hasta el momento de liquidación del MONTO PRINCIPAL DEL CRÉDITO y del MONTO TOTAL A PAGAR, además de paralelamente:

  1. Extinguir en su totalidad las obligaciones a su cargo dentro de su plazo de vencimiento, mismo que deberá ser observado en todo momento.
  2. Notificar a AVAFIN con al menos 10 (diez) días de anticipación sobre cualquier cambio en sus finanzas, así como hecho o acto jurídico que repercuta en el cumplimiento de sus obligaciones respecto a AVAFIN.

CLÁUSULA VIGÉSIMA- CAUSAS DE RESCISIÓN CONTRACTUAL. – El incumplimiento de las obligaciones contractuales en tiempo y en forma por parte del CLIENTE, liberará a AVAFIN de cualquier obligación contractual y extinguirá los derechos adjudicados al CLIENTE, facultando a AVAFIN a iniciar cualquier procedimiento tendiente a la recuperación de las cantidades adeudadas por la vía judicial o extrajudicial. La rescisión contractual prescindirá de declaración judicial o formalidades otras, suscitándose automáticamente ante:

  1. Falsedad parcial o total en las declaraciones que el CLIENTE hiciere respecto a su información personal y demás datos requeridos por AVAFIN que estuvieran contenidos en el presente CONTRATO o cualquier documentación vinculatoria, con alcance anterior y posterior a la celebración del presente instrumento.
  2. Incumplimiento por parte del CLIENTE de las cláusulas contenidas en el presente CONTRATO.
  3. Por utilizar el CLIENTE los recursos otorgados por AVAFIN, para fines ilícitos de cualquier índole, con o sin su consentimiento expreso.

AVAFIN tendrá el derecho de solicitar las cantidades adeudadas por el CLIENTE por la vía que estime conveniente, debiendo para ello, únicamente notificar al CLIENTE a través del medio que considere para estos efectos, sin necesidad de declaración judicial u otras formalidades.

El CLIENTE tendrá el derecho de rescindir el CONTRATO si AVAFIN no cumple con sus obligaciones contenidas en el presente CONTRATO en el tiempo convenido, así como en caso de fallecimiento, el cual tendrá que ser comprobado por los sucesores a través de la documentación administrativa legítima (acta de defunción); en cuyo caso cesará la obligación frente a AVAFIN.

CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. AUTORIZACIONES GENERALES. – El CLIENTE manifiesta que, a la celebración del presente CONTRATO, otorgó su consentimiento a AVAFIN, a través de MEDIOS ELECTRÓNICOS conforme a lo que señala la cláusula Trigésima del presente CONTRATO y durante el proceso de SOLICITUD del CRÉDITO en el PORTAL WEB DE AVAFIN, respecto a recabar toda su información relacionada con su comportamiento crediticio en las operaciones financieras y análogas que ampare el presente CONTRATO y facilitar la misma a las sociedades de información crediticia. El CLIENTE declara en este acto que ha otorgado la autorización a que se refiere la presente cláusula de manera electrónica mediante el PORTAL WEB DE AVAFIN, al ingresar el CÓDIGO DE VERIFICACIÓN que recibió previamente vía SMS al número de teléfono señalado por el CLIENTE para estos efectos, dentro de su SOLICITUD del CRÉDITO, en la sección “Autorizo la consulta de mi historial crediticio bajo los términos ya señalados”.

Del mismo modo, EL CLIENTE, en su caso, otorgó su consentimiento a AVAFIN, a través de MEDIOS ELECTRÓNICOS conforme a lo que señala la cláusula Trigésima del presente CONTRATO y durante el proceso de SOLICITUD del CRÉDITO en el PORTAL WEB DE AVAFIN, al aceptar el tratamiento de sus datos personales conforme al Aviso de Privacidad de AVAFIN, así como, respecto de que su información pueda ser utilizada con fines mercadotécnicos o publicitarios. El CLIENTE declara en este acto que ha otorgado la autorización a que se refiere la presente cláusula de manera electrónica mediante el PORTAL WEB DE AVAFIN, una vez dando clic en la casilla respectiva a la leyenda “He leído y acepto el Aviso de Privacidad y la transmisión de mis datos de acuerdo con el mismo.”

Por su parte, EL CLIENTE, podrá optar por que AVAFIN no utilice su información con fines mercadotécnicos o publicitarios, así como que la información relativa a él mismo no sea cedida o trasmitida a terceros, ni que se le envíe publicidad sobre bienes o servicios, manifestando lo anterior dentro del apartado denominado “Autorización” de la CARÁTULA del CONTRATO, de conformidad con lo señalado en la Cláusula Trigésima del mismo.

CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO. – El CLIENTE da expresa autorización a AVAFIN para transferir, ceder y negociar en cualquier forma la propiedad y/o derechos de cobro de las cantidades principales y/o secundarias amparadas bajo el presente CONTRATO por el CLIENTE, tanto anterior como posteriormente a su vencimiento.

De manera irrevocable, el CLIENTE faculta a AVAFIN para que transmita toda la información que él mismo proporcionó, con motivo del crédito amparado por el presente CONTRATO, al nuevo acreedor o cesionario aún antes de que se lleve a cabo la transmisión de derechos, AVAFIN dará aviso al CLIENTE de esta cesión 3 (tres) días naturales antes de que surta efectos la misma.

Las PARTES acuerdan que elCLIENTE no podrá ceder parcial o totalmente las prerrogativas, derechos y/u obligaciones que le fueran adjudicados por virtud de este CONTRATO.

CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. AVISOS ENTRE LAS PARTES. – Todas las notificaciones, avisos y en general cualquier comunicación de carácter judicial y extrajudicial, que las PARTES deban hacerse con motivo del presente CONTRATO, surtirán sus efectos legales en los domicilios o correo electrónico indicados en la CARÁTULA del presente CONTRATO y/o a través la cuenta personal del CLIENTE en el PORTAL WEB DE AVAFIN.

Ambas PARTES se comprometen a notificar el cambio de domicilio o correo electrónico y/o de subsanar cualquier error en la información dentro de los siguientes 3 (tres) días naturales a que suceda el cambio o se haya suscrito el presente CONTRATO, siendo válidas de lo contrario, todas las notificaciones realizadas en los domicilios anteriormente mencionados.

CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. ACLARACIONES E INCONFORMIDADES. – En el supuesto que el CLIENTE desee realizar consultas, aclaraciones, quejas o reclamaciones vinculadas con el servicio o producto que por medio del presente CONTRATO le brinde AVAFIN o cuando el CLIENTE no esté de acuerdo con alguno de los movimientos que aparezcan en el estado de cuenta respectivo o en los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología que se hubiere pactado conforme al presente CONTRATO, podrá hacerlo mediante el centro de atención a clientes en el teléfono (__) ___-___ o a través del correo ______________, por medio del cual AVAFIN atenderá las consultas, aclaraciones, quejas o reclamaciones. Por lo anterior, el CLIENTE deberá formular un escrito libre narrando el motivo de su consulta, así como los hechos que le dieron lugar.

El procedimiento de la solicitud de aclaración será el siguiente:

  1. Presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha de realización de la operación, incluyendo la fecha, su domicilio para oír y recibir notificaciones, su teléfono, datos de su cuenta bancaria, así como su nombre y firma,
  2. Una vez recibida la solicitud de aclaración, AVAFIN tendrá́ un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales para entregar al CLIENTE el dictamen correspondiente, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, así́ como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en la solicitud presentada por el CLIENTE. El dictamen e informe antes referidos deberán formularse por escrito y suscribirse por personal de AVAFIN facultado para ello.
  3. En el evento de que, conforme al dictamen que emita AVAFIN, resulte procedente el cobro del monto respectivo, el CLIENTE deberá́ hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios conforme a lo pactado, sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago realizada en términos de esta disposición;
  4. Dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la entrega del dictamen a que se refiere la fracción anterior, AVAFIN pondrá a disposición del CLIENTE a través de su cuenta personal del PORTAL WEB DE AVAFIN, el expediente generado con motivo de la solicitud.         

Aunado al proceso descrito con anterioridad, AVAFIN pone a disposición del CLIENTE la siguiente liga que le remite al blog de AVAFIN ______________, con el objeto de que el CLIENTE tenga acceso a información que pueda considerar para evitar posibles fraudes respecto del producto contratado.

CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. CONFIDENCIALIDAD. – Toda la información y documentación relativa a las operaciones y servicios que realice AVAFIN serán consideradas como confidenciales para la protección del derecho de privacidad de sus clientes. Dicha información sólo podrá ser otorgada a las autoridades que así lo solicitaren contando con una orden judicial fundada y motivada.

CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. – La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente CONTRATO. Sin perjuicio de lo anterior, las PARTES se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.

CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA. INTEGRIDAD DEL CONTRATO. – El presente CONTRATO conjuntamente con la CARÁTULA, LA SOLICITUD, LA TABLA DE AMORTIZACIÓN y el AVISO DE PRIVACIDAD de AVAFIN, constituyen el acuerdo total entre las PARTES en relación con el otorgamiento del crédito, por lo que prevalece sobre y reemplaza cualquier entendimiento, contrato, convenio o acuerdo de voluntades previo, ya sea oral o escrito, de cualquier naturaleza con relación a lo aquí establecido.

En virtud de la presente Cláusula las PARTES acuerdan que el presente CONTRATO constituye el acuerdo final de las PARTES, y acuerdan dar por terminado para todos los efectos a que haya lugar, todo tipo de acuerdos orales o escritos de las PARTES relacionados con el presente CONTRATO.

CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. TÍTULOS DE LAS CLÁUSULAS. – Las PARTES convienen en que los Títulos de las cláusulas que aparecen en el presente CONTRATO, se han puesto con el exclusivo propósito de facilitar su lectura, y por tanto no definen ni limitan el contenido de las mismas. Para efectos de interpretación del presente CONTRATO deberá atenderse exclusivamente al contenido de sus declaraciones y cláusulas y de ninguna manera a los títulos de estas últimas.

CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA. DATOS DE LA PROFECO. – Los datos de contacto de la Procurador Federal del Consumidor (PROFECO) son Teléfono: 01-800-468-87-22. Página de Internet www.gob.mx/profeco.

CLÁUSULA TRIGÉSIMA. MEDIOS ELECTRÓNICOS. Las PARTES acuerdan que en lugar de una firma original autógrafa, este CONTRATO, así como cualquier consentimiento, aprobación u otros documentos relacionados con el mismo, podrán ser firmados por medio del uso de firmas electrónicas, digitales, numéricas, alfanuméricas, huellas de voz, biométricas o de cualquier otra forma y que dichos medios alternativos de firma y los registros en donde sean aplicadas dichas firmas, serán consideradas  para  todos los efectos, incluyendo  pero  no limitado  a  la  legislación civil,  mercantil,  protección al consumidor y a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa original física de la parte  firmante. Si  el  CONTRATO  o  cualquier  otro  documento  relacionado  con  el  mismo  es  firmado  por  medios electrónicos o digitales, las PARTES acuerdan que los formatos del CONTRATO y los demás documentos firmados de tal modo serán conservados y estarán a disposición del CLIENTE, por lo que convienen que cada una y toda la información y documentación será puesta a disposición del CLIENTE dentro de su cuenta personal del PORTAL WEB DE AVAFIN, así como, en su caso, enviada por AVAFÍN a la dirección de correo electrónico proporcionado por el CLIENTE para su confirmación. Asimismo, el CLIENTE podrá solicitar al centro de atención a clientes de AVAFIN, a través del correo electrónico señalado en su SOLICITUD DE CRÉDITO, la información y documentos indicados en el presente párrafo.

Por lo anterior, enterados del contenido y alcance jurídico de las obligaciones y derechos que contraen las PARTES contratantes con la celebración de este CONTRATO DE ADHESIÓN, EL CLIENTE lo suscribe mediante su FIRMA ELECTRÓNICA a través del CÓDIGO DE VERIFICACIÓN proporcionado por AVAFIN, manifestando que tiene conocimiento y comprende plenamente la obligación que adquiere, aceptando el monto del crédito que se le otorga, por lo que lo firman de conformidad en la Ciudad de México, México, el día señalado en la CARÁTULA del presente CONTRATO.

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Firma del Representante Legal de AVAFINFirma del CLIENTE

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